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Corte de Apelaciones acoge recurso de protección deducido contra una publicación en Facebook por constituir difamación pública

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dio lugar a la acción cautelar fundada en una publicación en la red social Facebook, por considerarla una expresión abusiva; ordenando a la recurrida a eliminar dicha publicación de su perfil. Ambas partes se encontraban ligadas por una relación comercial, y el supuesto incumplimiento de la recurrente motivó la publicación en dicha red social, por parte de la recurrida, de un mensaje cuyas “palabras de empleadas van más allá de un simple reproche derivado del malestar por un pretendido incumplimiento y se constituyen en un verdadero acto de difamación pública que se difunde a través de un medio de comunicación de libre acceso” declara el considerando tercero del fallo.

Asimismo el fallo concluye que “se ha configurado un atentado en contra de la garantía constitucional contemplada en el numeral 4°  del artículo 19 de la Constitución Política de la República, toda vez que la actuación de la recurrida no encuentra sustento en el ordenamiento jurídico y se constituye en una expresión de autotutela al margen de éste, por la que ilegítimamente ha optado la recurrida, no obstante la existencia de procedimientos expresamente concebidos para encauzar un reclamo de tal naturaleza, por lo que procede acoger la presente acción cautelar, disponiendo las medidas que al efecto se expresarán”.

Consulte el fallo a texto completo, Identificador MJJ31132, en Microjuris.-

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