Ley N° 20.601, Aumenta las penas del delito de Robo de Cajeros Automáticos

Este sábado 14 se publicó en el Diario Oficial,  la Ley N° 20.601 que Aumenta las penas del delito de Robo de Cajeros Automáticos. Esta ley modifica el Código Penal agregando un Artículo 443 bis, en virtud de su Artículo 1°, imponiendo una pena de presidio menor en su grado máximo, para sancionar el robo con fuerza de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero, o del dinero y valores contenidos; señalando algunos modos particulares de fuerza.

De este modo el Artículo 443 bis agregado, prescribe: “El robo con fuerza de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero, o del dinero y valores contenidos en ellos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo. Para los efectos del presente artículo se  entenderá que hay fuerza en las cosas si se ha procedido con alguno de los medios señalados en el artículo 440, N°s 1° y 2°; si se ha fracturado, destruido o dañado el cajero automático o dispensador o sus dispositivos de protección o sujeción mediante el uso de instrumentos contundentes o cortantes de cualquier tipo, incluyendo el empleo de medios químicos; o si se utilizan medios de tracción”.

Regulación sobre seguridad en instalación y operación de cajeros automáticos

Cabe destacar que el Artículo 2° de la ley, ordena la dictación por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública  de un Decreto Supremo que regule especialmente las medidas mínimas de seguridad aplicables a la instalación y operación de cajeros automáticos; norma que será obligatoria para aquellas entidades que sean propietarias o administradoras de esta clase de cajeros. En tanto, el inciso 1° del Artículo 3° de la ley, expresa que el Decreto Supremo señalado deberá  “a lo menos, regular materias relativas a la ubicación y entorno de los dispensadores de dinero, a los sistemas de anclaje, de alarma, de grabación de imágenes, de protección contra elementos cortantes o fundentes, de empotramiento y blindaje y al sistema disuasivo de seguridad de entintado de billetes”.

 Consulte la Ley N° 20.601, en Microjuris

Plan Inicial

Speak Your Mind

*

A %d blogueros les gusta esto: