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Caso Alto Río: Top de concepción declara culpable a ingeniero calculista

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó el veredicto  en la investigación por el derrumbe del edificio Alto Río de esa ciudad, producido por el terremoto del 27 de febrero de 2010.

 En fallo unánime, los jueces integrantes de la sala -Nancy Vargas, Silvia Mutizábal y Adolfo Cisterna- condenaron al ingeniero calculista René Petinelli por ocho cuasidelitos de homicidio y siete cuasidelitos de lesiones graves, producto del desplome de la estructura.

 “Que dado a la tarea encomendada, René Carlos Petinelli Loyza tuvo ocasión de advertir que dichos planos de arquitectura daban cuenta de un diseño con marcadas asimetrías y singularidades que debieron llamar poderosamente su atención, dado que era una edificio escalonado en altura, ostensiblemente más largo que ancho”, dice el veredicto.

 La resolución agrega: “En conocimiento de la historia sísmica chilena, habiéndose formado y desarrollado profesionalmente en Concepción (ciudad asentada mayoritariamente en suelo arenoso y blando), y pese a tener ante sí un edificio de líneas arquitectónicas especiales que ameritaban un cuidadoso diseño estructural (como quiera que el diseño arquitectónico influye en el comportamiento sismoresistente de las estructuras), René Carlos Petinelli Loyza procedió a modelar computacionalmente el edificio en un programa poco utilizado, y hasta cierto punto desconocido en el ámbito de la ingeniería estructural, cometió errores de diseño estructural de los muros curvos de la caja de escalas, especialmente considerando la existencia de un vano de prueba precisamente bajo uno de esos muros curvos a nivel del primer subterráneo, dispuso todos los empalmes por traslapo a una misma altura en el primer piso, no tuvo en cuenta que en la planta estructural en la zona de colapso existían muros de sección “T” y “L”, especialmente en los ejes 8,13 y 20 del primer piso, cuya configuración reduce su ductibilidad producto de la desigualdad entre fuerzas generadoras por las armaduras de tracción y la reducida capacidad de cabeza comprimida, y no puso confinamiento a los muros y columnas que debían hacer el esfuerzo de sustentación de edificio ante los movimientos de un sismo de intensidad excepcionalmente severa, actuando así de manera imprudente y con infracción a la lex artis de su profesión”.

 En tanto, los imputados Juan Ignacio Ortigosa, Felipe Parra, Pedro Ortigosa, Ricardo Baeza, Mario Valeria, Héctor Torres y José Luis Paredes fueron absueltos por considerar que los antecedentes en su contra no satisfacen para romper la duda razonable en su caso.

 La sentencia se dará a conocer el 5 de diciembre próximo, a las 13:00 horas.

(Fuente: Poder Judicial)

Consulte acta de deliberación

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