La Comisión de Seguridad Ciudadana acordó modificar el Código Penal en lo referido a las sanciones por falsas alarmas y bromas realizadas a los números de emergencia de las instituciones de seguridad y Bomberos.
Según cifras entregadas por Carabineros, anualmente se reciben 5 millones de llamadas a los números de emergencia, de los cuáles el 80% son bromas, o también denominadas pitanzas, y falsos llamados.
“Eso trae todo un procedimiento, gasto para el Estado, para el servicio y distracción del personal de Carabineros”, afirmó el presidente de la instancia legislativa, diputado Cristián Letelier (UDI).
Por ello, la Comisión que estudió la moción presentada por diputados de la Unión Demócrata Independiente (boletín 7018), acordó mantener la actual pena prevista en el artículo 268 bis del Código Penal, que corresponde a reclusión menor en su grado mínimo, es decir, de 61 a 540 días, a quienes den falsas alarmas de incendio, emergencia o calamidad pública, pero aumentando las multas asociadas al delito.
Asimismo, se incorporará como agravante en un grado de la pena, los efectos que puedan provocar esta falsa alarma en la población.
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