A ley proyecto que permite ascensos del personal de gendarmería

Gendarmería de ChilePor 91 votos, la Cámara aprobó en último trámite el proyecto (boletín 8563) que ajusta normas del Estatuto del Personal de Gendarmería de Chile, en materias de requisitos de ingreso y de promoción de cargos en las Plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes.

El texto legal faculta al Director Nacional de la Institución, para cursar los ascensos del personal que aún se encuentran pendientes, eximiéndolos del requisito de tiempo mínimo de permanencia en el cargo.

De esta manera, el jefe máximo de Gendarmería está facultado para que dentro del período comprendido entre la publicación de esta ley y el 30 de noviembre de 2014, y siempre que existan vacantes, pueda ascender a los funcionarios de la institución de las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, que no cumplen con el requisito de tiempo mínimo de permanencia en el grado, pero respetando el orden del escalafón de antigüedad dentro del respetivo grado.

No obstante lo anterior, no podrá ejercerse esta facultad respecto de los funcionarios titulares de los cargos de subteniente y teniente segundo, grados 16° y 14°, respectivamente, de la planta de Oficiales Penitenciarios ni de los titulares de los cargos de gendarme y gendarme segundo, grados 26° y 24°, respectivamente, de la planta de Suboficiales y Gendarmes.

(Fuente: Diputados)

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