Se solicitó al Contralor General de la República –por parte de una ex funcionaria de la Corporación de Asistencia Judicial- emitir un pronunciamiento acerca de lo resuelto por la CAJ, en orden a rechazar su petición de ser trasladada a la ciudad en que trabaja su marido como Carabinero.
En su informe, la recurrida sostuvo que no corresponde aplicar el art. 74 de la ley N° 18.834.
Como cuestión previa, el ente fiscalizador recordó que tal preceptiva dispone que “no resulta procedente la destinación de un solo cónyuge cuando ambos son funcionarios regidos por esa ley, sino mediante su aceptación”. Asimismo, hace presente que la ley N° 19.263, que fija las normas a las que se encuentran sujetos los empleados de las Corporaciones de Asistencia Judicial, dispuso que estos servidores se rigen por los respectivos contratos de trabajo y las normas del sector privado, según leyes N°s 17.995 y 18.632.
En consideración a tales argumentos, la CGR verificó que no resultan aplicables las normas del Estatuto Administrativo a la solicitante –tampoco respecto a funcionarios de Carabineros- lo que conlleva al rechazo de su petición.
(Fuente: Diario Constitucional)