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Top de los Ángeles condena a 19 años de presidio a José Miguel Roa Chávez

Corte suprema 1Por unanimidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó a José Miguel Roa Chávez (24), por su responsabilidad, en calidad de autor, en 15 robos con intimidación, un robo con violencia y 10 delitos de receptación, a la pena única de 12 años de presidio. Asimismo, la sala –integrada por las magistradas María Silvana Muñoz Jaramillo, Marisol Panes Viveros y Andrea Rodríguez Ferrada- condenó a Roa Chávez a la pena única de siete años de presidio, como autor de cinco abusos sexuales, ilícitos perpetrados en las comunas de Los Ángeles y Nacimiento, entre abril de 2011 y abril de 2012.

Además, el tribunal le aplicó las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y sujeción a la vigilancia de la autoridad por los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

La sala -sobre la base de la prueba testimonial, documental, científica y gráfica presentada por el persecutor en el juicio- dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que Roa Chávez abordaba a las mujeres al atardecer o en la noche; tras intimidarlas, con una pistola a fogueo, un cuchillo o un cortaplumas, las trasladaba hasta sitios poco transitados, donde les arrebataba los objetos de valor que portaban. Posteriormente, les solicitaba su ropa interior, grabándolas en ocasiones con sus teléfonos celulares, mientras se desprendían de sus vestimentas y, en algunos casos, les efectuó tocaciones.

La sentencia –redactada por la jueza Panes Viveros y comunicada en la tarde del lunes 7 de octubre- no consideró situaciones agravantes, pero reconoció las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración substancial con el esclarecimiento de los hechos, aunque descartando que Roa Chávez haya padecido una alteración significativa de su estado mental al momento de cometer los ilícitos.

(Fuente: Poder Judicial)

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