Sala aprobó Convenio de Seguridad Social entre Chile y Reino Unido

contrato seguro personasEl instrumento internacional, que fue remitido al Ejecutivo para su promulgación, contempla regulaciones referidas a la doble cotización previsional, así como al desplazamiento de trabajadores para los fines de sus obligaciones y derechos en seguridad social.

Por 100 votos a favor y 2 abstenciones, la Cámara aprobó el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (boletín 8842).

El Acuerdo regula el ámbito material de aplicación del Convenio, esto es, la legislación sobre los sistemas previsionales de cada país a la que éste se aplicará, incluyendo la legislación que reemplace, modifique o complete a aquellas que las Partes enumeran en este artículo.

El texto no afectará los derechos y obligaciones derivados de otros Convenios celebrados por alguna de las Partes con un tercer país, de lo que se colige que no existe la figura de la aplicación de la cláusula más favorable.

Además se consigna la igualdad de trato, en el sentido que las personas que se rijan o se hayan regido por la legislación de una de las Partes tendrán, durante su permanencia en el territorio de la otra Parte, los mismos derechos y obligaciones que un nacional de esta última.

El Convenio acoge el principio de la territorialidad de la ley, indicando que los trabajadores dependientes que se desempeñen laboralmente en el territorio de una de las Partes, estarán sujetos exclusivamente a la legislación de seguridad social de esa Parte.

(Fuente: Diputados)

Plan Inicial

Speak Your Mind

*

A %d blogueros les gusta esto: