Este jueves 10 de abril de 2014 se publicó en el Diario Oficial, la Ley N° 20.745 que “establece normas transitorias para enfrentar las consecuencias en el sector pesquero artesanal del terremoto y posterior maremoto de 1 de abril de 2014 en las regiones de arica y parinacota, y de tarapacá”. Con el presente objeto, se busca menguar los efectos devastadores que sufrió el sector pesquero artesanal a consecuencia del terremoto y posterior maremoto ocurrido con fecha 1 de abril de 2014. Beneficiando de este modo a los pescadores artesanales de las las regiones de arica y parinacota, y de tarapacá.
Dentro de las medidas adoptadas por el legislador, caben destacar las siguientes:
-No se considerará la paralización de operaciones extractivas durante los años 2014 y 2015 en la que puedan incurrir los pescadores artesanales y sus embarcaciones, inscritas en el Registro Artesanal , toda vez que hayan operado e informado capturas al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura durante los años 2012 o 2013.
-Se permitirá por el plazo de dos años, contado desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley, a los armadores artesanales a reponer sus embarcaciones siniestradas de acuerdo con lo informado al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, por otras embarcaciones que no sean de su propiedad.
Descargue el texto completo de la ley N° 20.745
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