Con la idea de complementar el actual esfuerzo por modificar el sistema binominal, los diputados independientes ligados a Amplitud, Pedro Browne, Joaquín Godoy y Karla Rubilar, ingresaron a trámite legislativo el pasado jueves 5 de junio un proyecto que modifica el concepto de propaganda electoral y establece límites en lo que respecta a su financiamiento.
La moción, enviada a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio, considera que una verdadera democratización del sistema electoral pasa por la materialización de otros cambios complementarios a las reformas del sistema binominal.
“En particular, esta moción pretende restringir el financiamiento y delimitar el concepto de publicidad electoral, lo que no solo derivará en un acceso más igualitario a las candidaturas, sino en una gestión política más transparente y alejada de los fantasmas del financiamiento privado con intereses creados en la gestión pública”, comentaron los autores.
Los legisladores resaltan que la desigualdad del sistema electoral no está sólo en el reparto final de escaños del sistema binominal, sino que va más allá, en el apoyo que entrega el Estado a los partidos pequeños e independientes, que no cuentan con fuentes de financiamiento para las campañas.
“La relación entre el dinero y la política es una cuestión de la mayor trascendencia y, por lo mismo, requiere de regulación y fiscalización efectiva. La tentación de mayores posibilidades electorales al momento de acercarse nuevos comicios, es un foco cierto de corrupción y obliga a regular el financiamiento proveniente del sector privado. En países como el nuestro, la injerencia del poder económico en épocas electorales representa un grave peligro de corrupción”, plantearon.
Al mismo tiempo, estiman necesario terminar con la discusión en sede judicial respecto de si un objeto publicitario constituye propaganda electoral o política, restringiendo el concepto legalmente.
En estas líneas, la moción establece que ninguna candidatura a Presidente de la República, senador, diputado, alcalde o consejero regional podrá sobrepasar, por concepto de gastos electorales, la cantidad que resulte de multiplicar por una centésima de unidad de fomento el número de electores en el país, circunscripción, distrito, comuna o circunscripción provincial respectivamente.
No obstante lo anterior, precisa la propuesta, los candidatos estarán autorizados a gastar hasta UF 1.000 si del cálculo recién señalado resulta una cifra inferior. De la misma forma, ninguna candidatura a senador o Presidente de la República podrá exceder las UF 30.000 o UF 90.000, respectivamente, si del cálculo resulta una cifra mayor.
(Fuente: Diputados)
Consulte tramitación de Proyecto de Ley, Boletín N° 9378
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