Ley N° 20.763, reajusta monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar, para los períodos que indica

TRABAJADORES DEL COBREEste viernes 18 de julio se publicó la Ley N° 20.763, que “reajusta monto del ingreso mínimo mensual, de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar, para los períodos que indica”. Con dicho objeto, a contar del 1 de julio de 2014, se elevó el monto del ingreso mínimo mensual de $210.000 a $225.000 para todos los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad, dicho monto será a partir del 1 de julio de 2015 de $241.000 y, a contar del 1 de enero de 2016, tendrá un valor de $250.000 .Asimismo, aumentó el monto de ingreso mensual de trabajadores mayores de 65 años y menores de 18 años de $156.770 a $167.968,  este ingreso mínimo ascenderá a $179.912, a contar del 1 de julio de 2015 y a $186.631, a contar del 1 de enero de 2016. En tanto, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales se reajustará  de $135.463 a $145.139. Este valor se elevará a $155.460 a contar del 1 de julio de 2015 y a $161.265, a contar del 1 de enero de 2016.

Asimismo, aumentan las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema único de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantía para los trabajadores de los sectores privado y público, establecidos en el Artículo 1° de la Ley N° 18.987; y el valor del subsidio familiar establecido en el Artículo 1° de la Ley 18.020.

Descargue texto completo de la Ley N° 20.763

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