El día de hoy, se publicó la Ley sobre Condiciones Laborales de Trabajadoras de Casa Particular. La iniciativa avanza en el mejoramiento de los estándares laborales de quienes se desempeñan en este sector, igualando sus derechos con los del resto de los trabajadores. Complementariamente, se ratificó en primer trámite el Convenio Nº 189 de la OIT sobre trabajo doméstico, cumpliendo así uno de los compromisos programáticos de la Presidenta Bachelet.
Como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la aprobación de esta ley reafirma dos principios que han guiado nuestra acción legislativa: en primer lugar, todos los trabajadores y trabajadoras, cualquiera sea el sector y la labor que desarrollen, son iguales en dignidad y derechos. En segundo lugar, la legislación laboral debe tutelar esos derechos de manera pertinente y efectiva, y cuando resulte necesario, atendiendo a las especificidades de la actividad productiva o de servicios.
Esta ley amplía el descanso semanal para las trabajadoras de casa particular puertas adentro, atendido que en este sector no existe un límite efectivo de jornada de trabajo, lo que implica la prestación de servicios por muchas horas, de manera continua o discontinua. Para las trabajadoras puertas afuera se rebaja la jornada de trabajo de 72 a 45 horas semanales máximas, estableciéndose una bolsa adicional de 15 horas semanales que, de ser usadas, deben remunerarse como horas extraordinarias. Serán cerca de 370 mil las trabajadoras de casa particular -sumadas ambas modalidades- las que serán beneficiadas con la nueva ley. Asimismo, se establece la obligación de registrar sus contratos en la respectiva Inspección del Trabajo, de manera presencial o por medios electrónicos, fijándose, además, procedimientos claros de fiscalización. Estos contratos deberán indicar el tipo de trabajo a realizar y el domicilio específico donde prestarán los servicios. Adicionalmente, se deberá indicar la obligación de asistencia a personas que requieran cuidados especiales.
Por otro lado, para limitar situaciones abusivas, la ley señala que los costos de alimento y habitación del trabajador siempre son de cargo del empleador y no se pueden imputar a la remuneración. Y para evitar condiciones de discriminación, se establece que el empleador no puede condicionar la contratación, permanencia, renovación del contrato, promoción o movilidad de una trabajadora de casa particular al uso de uniformes en lugares públicos.
Este gran esfuerzo de dignificación y equidad hacia las trabajadoras del sector es el resultado de un sólido proceso de diálogo social, llevado adelante por sus principales organizaciones sindicales -Anecap, Sindutcap y Sintracap-, agrupadas en la Coordinadora de Organizaciones de Trabajadoras de Casa Particular, el gobierno y la OIT. Además, ha sido posible gracias al compromiso transversal de nuestros parlamentarios.
Así, el Chile de todos avanza en compatibilizar las demandas de una sociedad dinámica, donde crece la participación laboral de la mujer y las necesidades de las familias, con la agenda de trabajo decente y el pleno respeto de los derechos fundamentales.
(Fuente: latercera)
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