Nueva ley de reciclaje impone a empresas financiamiento y metas de recolección de residuos que generan

medioambienteLa Presidenta Michelle Bachelet, acompañada del ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, promulgó esta mañana la ley de Reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor (REP), cuyo objetivo es disminuir la generación de residuos en Chile e incrementar las tasas de valorización de estos incorporando nuevos  instrumentos de gestión ambiental.

Esta iniciativa legal busca formalizar una industria del reciclaje en Chile, responsabilizando a fabricantes e importadores de seis productos prioritarios de organizar y financiar la recuperación de los residuos generados por sus productos.

Reciclaje chileno en cifras 

Hoy se producen en el país cerca de 17 millones de toneladas de residuos cada año, de los cuales cerca de 7 millones de toneladas corresponden a residuos domiciliarios. Esto implica que la tasa de generación de residuos es de poco más de un kilo diario por habitante, la que además crece cada año.

De ello, menos del 10% se recicla, lo que implica que más del 90% de los residuos terminan enterrados en un relleno sanitario o en un vertedero, con las consecuentes pérdidas de materias primas y energía que se podrían generar si estos desechos fueran reincorporados a la cadena productiva de las industrias. El objetivo de esta ley es que al menos un 30% de los residuos se reciclen en el país.

¿Cómo operará la cadena de reciclaje?

El instrumento central de esta ley de Reciclaje es la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), que en lo esencial obliga a fabricantes e importadores de seis productos prioritarios a recuperar un porcentaje de sus productos una vez que terminan su vida útil -es decir, cuando se transforman en residuos-.

Este porcentaje será fijado anualmente por el Ministerio del Medio Ambiente. Si no se cumplen estas metas, se exponen a multas de hasta 10 UTA (casi $5.400 millones).

Tras la promulgación de la ley, se abre un plazo de un año para que el ministerio del Medio Ambiente elabore los decretos respectivos para cada uno de los productos, sus metas de recuperación y valorización, así como obligaciones sobre etiquetado, entrega separada, ecodiseño e instalaciones de recepción y almacenamiento, entre otras.

Esto regirá para productores de aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, envases y embalajes, neumáticos y pilas. No obstante, el Ministerio del Medio Ambiente podrá incorporar a futuro nuevos productos prioritarios a esta lista, mediante la dictación de un reglamento.

Para cumplir con las metas de recolección y valorización, los productores tendrán la obligación de organizar y financiar los llamados sistemas de gestión, cuyo objetivo será la recuperación de residuos.

Estos podrán ser individuales –correspondiente a un solo productor- o bien colectivos, conformado por varios productores organizados a través de una persona jurídica sin fines de lucro. La ley contempla reglas de funcionamiento para estos sistemas colectivos, a fin de evitar que se afecte la libre competencia.

(Fuente: Pulso)

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