Comisión Mixta aprueba dos modalidades de cobro para estacionamientos y rechaza gratuidad

cobro estacionamientoListo para ser votado en las Salas del Senado y de la Cámara de Diputados quedó el proyecto que regula el cobro de estacionamientos en centros comerciales. Ello, luego que la Comisión Mixta de senadores y diputados hiciera una propuesta que establece dos modalidades de cobro y rechaza la gratuidad en los parqueaderos de los centros comerciales
Según explicó el presidente de la instancia legislativa, senador Eugenio Tuma se aprobó el criterio del Senado “dando media hora gratis para permitir que los usuarios puedan encontrar estacionamientos y puedan hacer uso de la franquicia de usar esa facilidad”
No obstante, indicó que “lo que no acogió el Senado fue dar gratuidad, porque nos pareció que al dar gratuidad pudiesen tener que pagarla las personas que van de a pie porque son las que van a pagar en el precio la gratuidad que va a ser facilitada eventualmente a los automovilistas”.
El legislador dijo que “hemos aprobado un proyecto sensato, que permite terminar con los abusos, que le da gratuidad en los estacionamientos de salud, un proyecto que le asegura a los usuarios que no le van a cobrar más que el tiempo que efectivamente han empleado en hacer uso del estacionamiento”.

PROPUESTA
La propuesta que hizo la Comisión Mixta establece que se podrá cobrar por minuto efectivo de uso del servicio, quedando prohibido el cargo por períodos, rangos o tramos de tiempo; o que se podrá cobrar por tramo de tiempo vencido, no pudiendo establecer un periodo inicial inferior a media hora. Los siguientes tramos o periodos no podrán ser inferiores a 10 minutos cada uno.
Cualquiera sea la modalidad de cobro que utilice el proveedor del servicio de estacionamientos no podrá, bajo circunstancia alguna, redondear o aproximar la tarifa al alza.
Los proveedores de servicio de estacionamiento podrán fijar un período de uso del servicio sin cobro, de acuerdo a sus políticas comerciales o a las condiciones de uso de dicho servicio.
En caso de pérdida del comprobante de ingreso por parte del consumidor, corresponderá al proveedor consultar sus registros con el fin de determinar de manera fehaciente el tiempo efectivo de utilización del servicio, debiendo cobrar, en tal caso, el precio o tarifa correspondiente a éste, quedando prohibido cobrar una tarifa prefijada, multas o recargos. En este caso, el proveedor deberá solicitar al consumidor cualquier antecedente que permita acreditar o identificar al propietario del vehículo.
Si, con ocasión del servicio y como consecuencia de la falta de medidas de seguridad se producen hurtos o robos de vehículos, o daño en éstos, el proveedor del servicio será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor.
Cualquier declaración del proveedor en orden a eximir o a limitar su responsabilidad por hurtos, robos o daños ocurridos con ocasión del servicio, no producirá efecto alguno y se considerará como inexistente.
El proveedor deberá exhibir de forma visible y clara, en los puntos donde se realice el pago del estacionamiento, y en los ingresos del recinto, el listado de los derechos y obligaciones establecidas en la ley, haciendo mención del derecho del consumidor de acudir al Servicio Nacional del Consumidor o al Juzgado de Policía Local competente, en caso de infracción.

(Fuente: Senado)

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