La Contraloría General de la República estableció, mediante sendos dictámenes, la oportunidad en que los empleadores pueden efectuar descuentos de remuneraciones por rechazo o reducción de licencias médicas y también la facultad de organismos públicos para pactar seguros de accidentes personales para servidores a honorarios.
En el primer caso, el dictamen N° 56.059, del 29 de julio de este año, establece que el descuento de remuneraciones originado por una licencia médica rechazada o reducida sólo puede efectuarse por los empleadores tras una determinación formal y fundada de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) respectiva o una vez transcurrido el plazo establecido para formular el reclamo correspondiente.
Por otra parte, se reiteró el derecho que asiste a los afectados a solicitar a Contraloría General la condonación o facilidades para su reintegro, conforme a la facultad otorgada en el artículo 67 de la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la CGR.
El segundo tema, señalado en el dictamen N° 55.754 del 28 de julio de 2016, indica que si bien los servidores a honorarios no revisten la calidad de funcionarios públicos, por lo que no es obligatorio contar con un seguro de accidentes personales contemplado en la ley N° 16.744, es viable que el servicio contratante pacte una póliza para cubrir imprevistos de este tipo, según la naturaleza de las funciones que se ejerzan.
Se indica, además, que el beneficio no debe tener mayor cobertura que la entregada a los funcionarios de igual repartición y que su extensión no podrá otorgarse más allá de 2017, ya que a partir de 2018 los servidores a honorarios deberán cotizar obligatoriamente como trabajadores independientes, según lo dispuesto en la ley N° 20.894.
(Fuente: Contraloría)
Consulte las resoluciones de Contraloría N° 55.754 y 56.059.