La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentada por un hincha del club Colo Colo en contra de la sociedad controladora del Blanco & Negro S.A. por la decisión de impedir el acceso a los partidos del equipo.
En fallo unánime (rol 12.894-2017) la Undécima Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Jorge Zepeda, Fernando Carreño y la abogada (i) Paola Herrera acogieron la acción cautelar presentada por el hincha Roberto Espinal Muñoz a quien desde febrero pasado se le impide su ingreso al estadio Monumental.
De acuerdo a la decisión del tribunal de alzada el actuar de Blanco & Negro obedece sólo al mero capricho, ya que no existe prohibición de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional o la Subsecretaría de Prevención del delito que impida el acceso del hincha a los espectáculos deportivos.
“Que de acuerdo a lo informado y los antecedentes acompañados por la recurrida, los informes recabados por esta Corte de la Asociación Nacional de Futbol Profesional (ANFP) y la Subsecretaria de Prevención del Delito dependiente del Ministerio del Interior, no consta que tales entidades hayan decretado la medida que reclama el actor y que motivó la presente acción de protección. De lo anterior, se colige que la recurrida ha vulnerado las garantías del recurrente previstas en el artículo 19 N°2 y N°3 inciso cuarto y 23 de la Constitución Política de la República, toda vez, que el organismo recurrido, impidió al actor la compra de la entrada para un espectáculo deportivo, no existiendo ni teniendo para ello, fundamento legal o reglamentario alguno que justifique dicha negativa, resultando ser el acto impugnado por este recurso, ilegal. También aparece de manifiesto que dicho es arbitrario, toda vez que no existe motivo razonable ni algún otro antecedente que demuestre que dicha negativa a la venta, no obedezca al mero capricho de la recurrida”, dice el fallo.
Por lo tanto se decide: “SE ACOGE el recurso deducido con fecha 27 de febrero de 2017, por don ROBERTO ANDRES ESPINAL MUÑOZ, ordenándose a la recurrida BLANCO Y NEGRO S.A., que excluya al actor de toda nómina que limite su ingreso a los espectáculos de futbol profesional”
(Fuente: poder judicial)
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