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Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo contra la sentencia que rechazó una oposición de marca presentada por empresa que tiene registro en el extranjero

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo contra la sentencia que rechazó una oposición de marca presentada por empresa que tiene registro en el extranjero en la misma categoría de productos.

En fallo unánime (causa rol 28.040-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Leonor Etcheberry– acogió la oposición presentada por el registro de la marca Wonderbox SAS, en contra de la inscripción de Wonder Box, en la categoría de servicios de importación y exportación.

El máximo tribunal estimó que “al contrario de lo estimado por los jueces del grado, que el conocimiento de la marca de la oponente en Francia sí se encuadra en los conceptos de fama y notoriedad que trata el artículo 20 letra g) de la Ley N° 19.039 y, en esas circunstancias, presentándose todos los elementos de la mencionada causal de irregistrabilidad, han incurrido en una errónea aplicación de esa disposición los jueces del grado al concluir lo contrario y admitir a registro la marca pedida, motivo por el cual el fallo en estudio deberá ser anulado y enmendado en la correspondiente sentencia de reemplazo”.

(Fuente: Poder Judicial)

 

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