OBSERVATORIO: Proyectos vistos en el período 2018 N16

BOLETÍN N° 11256-12. MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

Fecha de Ingreso: Martes 6 de junio de 2017
Iniciativa: Moción
Cámara de Origen: Senado
Boletín N°: 11256-12
ID de Observatorio: NPI8
MATERIA: Ambiental – Urbanismo

Normativa relacionada:

Ley 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente. Artículo 10.
Ley General de Urbanismo y Construcciones. Artículo 64.

Estado: Primer trámite constitucional (Senado).
Objetivo: regular  el concepto de humedales urbanos, fijando instrumentos de gestión sustentable de los humedales y también se modifica la Ley 19.300, específicamente el artículo 10, para agregar una nueva letra s), para incluir de forma precisa que las actividades que se realicen dentro o en las cercanías de un humedal urbano y que puedan significar una alteración física de los mismos, deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  Además, agregar a los humedales a la enunciación que realiza la norma de los bienes nacionales de uso público que deben adecuarse a los planes reguladores y las ordenanzas locales. Impone obligación a Municipalidades de  fijar una Ordenanza General, los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna respectiva.
Descargue: Moción. Texto original

Hitos de tramitación:

Primer trámite constitucional
06 de Jun. de 2017 Senado Ingreso de proyecto
07 de Jun. de 2017 Senado Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales
08 de Ago. de 2018 Senado Primer informe de comisión (de Medio Ambiente y Bienes Nacionales) Ver
08 de Ago. de 2018 Senado Cuenta de primer informe de comisión
14 de Ago. de 2018 Senado Discusión general. Aprobado en general Se fija como plazo para presentar indicaciones el 25/09/2018 Ver

25 de Sep. de 2018 Senado Boletín de indicaciones

17 de Oct. de 2018 Senado Segundo informe de comisión (de Medio Ambiente y Bienes Nacionales) Ver
24 de Oct. de 2018 Senado Cuenta de segundo informe de comisión

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BOLETÍN N° 11818-25. MODIFICA EL TRATAMIENTO DE LAS PENAS DE LOS DELITOS DE ROBO Y RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS O DE LOS BIENES QUE SE ENCUENTRAN AL INTERIOR DE ESTOS

Fecha de Ingreso: Martes 19 de Junio, 2018
Iniciativa: Mensaje
Cámara de Origen: Diputados
Boletín N°: 11818-25
ID de Observatorio: NPI75
MATERIA: Penal
Normativa relacionada:
– Código Penal. Modifica Artículos 436, 439, 443 y 456 bis A.
Objetivo: Introduce modificaciones al código penal para dar un tratamiento más específico a la comisión de “portonazos”, y busca desinsentivar el uso o la reducción de los vehículos motorizados que sean despojados a las víctimas mediante violencia o intimidación , entregando a éstas suficientes garantías procesales que les permitan tener la tranquilidad de que los perpetradores de los delitos recibirán una sanción adecuada a la gravedad de estos actos y, por contrapartida, que no serán sujetos de la amenaza penal por a una agresión ilegítima.

Descargue: Mensaje. Texto original

Hitos del Período:

19 de Jun. de 2018 Primer trámite constitucional / C. Diputados Ingreso de proyecto
19 de Jun. de 2018 Diputados Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Seguridad Ciudadana y a la Comisión de Hacienda, en lo pertinente Ver
19 de Jun. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 145-366 que hace presente la urgencia Simple
18 de Jul. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 223-366 que hace presente la urgencia Simple
14 de Ago. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 321-366 que retira y hace presente la urgencia Simple
11 de Sep. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 411-366 que retira y hace presente la urgencia Suma
25 de Sep. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 445-366 que retira y hace presente la urgencia Suma
09 de Oct. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 513-366 que retira y hace presente la urgencia Suma
17 de Oct. de 2018 Diputados Oficio N° 155-366. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual formula indicaciones al proyecto Ver
17 de Oct. de 2018 Diputados Oficio N° 187. Informe financiero correspondiente a las indicaciones presentadas al proyecto Ver
23 de Oct. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 547-366 que hace presente la urgencia Suma Ver

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BOLETÍN 12100-07. MODIFICA LA LEY N°20.285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Fecha de Ingreso: Miércoles 12 de Septiembre, 2018
Iniciativa: Moción
Cámara de Origen: Diputados
Boletín N°: 12100-07
ID de Observatorio: NPI100
MATERIA: Transparencia – Acceso a la Información Pública
Normativa relacionada:
– Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública. Modifica artículos 1, 2, 5, 7, 11, 12, 13, 15, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 33, 41, 45, 46, 47 y 49. Agrega los artículos 7 bis, 24 bis y 40 bis,nuevos. Deroga los artículos quinto, sexto, séptimo y noveno.
– Establece disposiciones especiales que regulan el principio de la transparencia y el derecho de acceso a la información pública respecto: Ministerio Público, Tribunal Calificador de Elecciones, Corporación Administrativa del Poder Judicial, Tribunal Constitucional y Servicio Electoral.
– D.S. N° 2.421 de 1964, Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Contraloría General de la República. Modifica el Artículo 155 y agrega los artículos 155 bis y 155 ter, nuevos.
– Ley N° 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile. Modifica artículo 65. Agrega los artículos 65 ter y 65 quáter, nuevos.
– Ley N° 18.918, Orgánica constitucional del Congreso Nacional. Modifica Artículo 4°. Agrega los Artículos 4°A, 4°B y 4°C, nuevos.
– Ley N° 18.993, que crea el Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Modifica los artículos 2 y 3. agrega el Artículo 9 B, nuevo.
– D.F.L. N° 3 de 1997, Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican. Agrega el siguiente artículo 154 bis, nuevo.
– D.F.L. N° 3 de 2017, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Modifica el Artículo 2.
Objeto: Propone aumentar los sujetos obligados por la de Transparencia, creando direcciones de transparencia en los órganos autónomos constitucionales, con el objeto de velar por el cumplimiento del mencionado principio, como también del derecho de acceso a la información pública. El proyecto propone las siguientes medidas:
– Extensión del ámbito de aplicación de la presente ley a otros sujetos.
– Establecer nuevas obligaciones de transparencia activa, entre ellas, consagrar legalmente la obligación de publicar la remuneración que le corresponda a cada funcionario o persona contratada conforme al Código del Trabajo.
– Introducción de nuevas obligaciones de transparencia fiscal.
– Mejora de mecanismos y procedimientos del derecho a acceso a la información pública.
– Modernización del Consejo para la Transparencia.
– Robustecimiento de las infracciones y sanciones.
– Creación de la Comisión de Transparencia del Estado.

Descargue: Mensaje. Texto original

Hitos del Período:

12 de Sep. de 2018 Diputados Ingreso de proyecto
13 de Sep. de 2018 Diputados Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y a la Comisión de Hacienda, en lo pertinente. Se remite el proyecto a la Corte Suprema. Ver
13 de Sep. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 427-366 que hace presente la urgencia Simple
13 de Sep. de 2018 Diputados Oficio N°14.215 a la Corte Suprema Ver
09 de Oct. de 2018 Diputados Cuenta del Mensaje 521-366 que retira y hace presente la urgencia Simple
18 de Oct. de 2018 Diputados Cuenta oficio N° de la Corte Suprema Ver

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BOLETIN N° 12107-04. FORTALECE LAS FACULTADES DE LOS DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN MATERIA DE EXPULSIÓN Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA EN LOS CASOS DE VIOLENCIA QUE INDICA.

Fecha de Ingreso: Jueves 20 de Septiembre, 2018
Iniciativa: Mensaje
Cámara de Origen: Senado
Boletín N°: 12107-04
ID de Observatorio: NPI101
MATERIA: Educación – Aula Segura
Normativa relacionada:
– D.F.L. N° 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Modifica Artículo 6 letra d)
Objeto: “Fortalecer las facultades de los directores de los establecimientos educacionales, incorporando un procedimiento más expedito de expulsión o cancelación de matrículas en aquellos casos de violencia grave que afecten los derechos e integridad de los miembros de la comunidad educativa”.
Descargue: Moción. Texto original

Hitos del Período:

20 de Sep. de 2018 Senado Ingreso de proyecto
25 de Sep. de 2018 Senado Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Educación y Cultura y a la de Hacienda, en su caso.
25 de Sep. de 2018 Senado Cuenta del Mensaje 470-366 que hace presente la urgencia Suma
25 de Sep. de 2018 Senado La Sala acuerda que en forma previa a su análisis por la Comisión de Educación y Cultura el proyecto sea revisado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento en lo relativo a debido proceso, para lo cual se otorga a esta Comisión un plazo de dos semanas.
09 de Oct. de 2018 Senado Primer informe de comisión. Pasa a Comisión de Educación y Cultura (de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento) Ver

16 de Oct. de 2018 Senado Cuenta del Mensaje 574-366 que retira y hace presente la urgencia Suma
23 de Oct. de 2018 Senado Cuenta del Mensaje 592-366 que retira y hace presente la urgencia Discusión inmediata
24 de Oct. de 2018 Senado Primer informe de comisión. Pasa a Comisión de Hacienda (de Educación y Cultura) Ver
24 de Oct. de 2018 Senado Primer informe de comisión. CERTIFICADO (de Hacienda) Ver
24 de Oct. de 2018 Senado Cuenta de primer informe de comisión
24 de Oct. de 2018 Senado Discusión general Ver
24 de Oct. de 2018 Senado Oficio de ley a Cámara Revisora Ver
25 de Oct. de 2018 Diputados Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Educación, y a la Comisión de Hacienda en lo pertinente

 

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