
Conforme la ley citada, los reglamentos elaborados durante el año 2018 por las distintas municipalidades debían ser tomados de razón y publicados, a más tardar, el 31 de diciembre de 2018, para su entrada en vigencia el 1 de enero de 2019. Sin embargo, durante el año 2018, de un total de 345 municipios, se ingresaron a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y a la Contraloría General de la República un total de 152 Reglamentos de Plantas de Personal, encontrándose al 31 de diciembre de 2018 tan sólo 96 Reglamentos tomados de razón y publicados en el Diario Oficial.
De este modo, explicó uno de los senadores, que una cantidad significativa de Reglamentos de Plantas de Personal ingresadas a tiempo, no fueron tomados de razón, considerando la sobrecarga de la institución; y por ende, no pudieron ser publicados en el Diario Oficial al 31 de diciembre de 2018, tal como lo exige la ley, produciéndose un vacío legal respecto de sus entradas en vigencia.
A su vez, el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, detalló que el plazo establecido en la ley 20.922, indica que las plantas ingresadas al mes de diciembre de 2018, tomadas de razón y publicadas en el Diario Oficial entran a regir a contar del 1 de enero del año 2019, pero lo que ocurrió en la práctica, es que de los 152 reglamentos que entraron a ese trámite sólo se alcanzaron a publicar 96 durante el año pasado, quedando 56 en trámite.
Por todo lo anterior el proyecto establece que los reglamentos que, dictados en ejercicio de la facultad concedida en el artículo 49 bis de la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, hubiesen ingresado en la Contraloría General de la República durante el año 2018, para la toma de razón y no fueron publicados durante ese año, entrarán en vigencia desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, independientemente que dicha publicación haya ocurrido durante el año 2019.
Consulte oficio de ley.
Fuente: SENADO.
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