ALERTAS JURÍDICAS Legislación

Ley Nº 21.159 elimina los privilegios procesales en favor de Obispos Párrocos y autoridades religiosas que indica

Con fecha 14 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº  21.159 que «Modifica el Código de Procedimiento Civil para eliminar privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas».

Cabe recordar que la regla general en el procedimiento civil, es que toda persona deba testificar; no obstante, se establecen excepciones respecto a determinadas personas, en razón de su cargo o función pública. Así la norma del artículo 361 establece que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal las autoridades eclesiásticas como “el Arzobispo y los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores, los Vicarios y Provicarios Capituales; y los Párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”, también los “religiosos incluso los novicios” pueden hacer uso de este derecho.

Sin embargo en los fundamentos de la iniciativa los legisladores señalan que no es razonable que en el Chile del siglo XXI aún subsista un privilegio procesal de esta naturaleza, en favor de las autoridades eclesiásticas, ya que no ejercen ningún tipo de función pública. Se trata de una norma que viene desde los tiempos en que no existía separación entre la Iglesia y el Estado, pero que en la actualidad no sólo es anacrónica, sino que además no corresponde en un Estado laico.

Además encontramos en el título XII, párrafo cuarto, del Código de Procedimiento Civil, llamado “De la confesión en juicio”, otro privilegio procesal en favor de las autoridades eclesiásticas. El artículo 389 señala que se encuentran exentos de comparecer al Tribunal a prestar declaración: “el Arzobispo, los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores y los Vicarios y Provicarios Capitulares”.

Dicho lo anterior la ley modifica los artículos 361 y 389 del Código de Procedimiento Civil para poner fin a los privilegios procesales de los que gozaban las autoridades eclesiásticas en cuanto a las excepción de comparecer ante el tribunal y prestar declaración. Lo que significa que de ahora en adelante deberán testificar ante un tribunal, sin excepción alguna.

La vigencia de la ley es inmediata.

Consulte texto completo de la ley.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *