El Ejecutivo impulsó el proyecto que crea un Sistema de Tratamiento Automatizado de Infracciones del Tránsito aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite legislativo al Senado.
La iniciativa fue aprobada en general por 113 votos a favor, cinco en contra y 14 abstenciones, en tanto que las normas de quórum especial se ratificaron por 103 votos a favor, 13 en contra y 16 abstenciones. Luego, por medio de cinco votaciones se sancionaron cinco artículos cuya votación separada fue solicitada, aprobándose cuatro de ellos.
El punto rechazado dice relación con una de las contravenciones de tránsito cuyo control se adjudicaba a la nueva entidad, específicamente, circular con vehículos que no estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permita su cobro, cuando su uso sea obligatorio.
Datos del proyecto
La propuesta crea la División de Fiscalización del Transporte y Tratamiento Automatizado de Infracciones de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Transportes, la que mediante una red automatizada se hará cargo de la detección y notificación a los infractores en caso de exceso de velocidad, restricción vehicular y uso de pistas exclusivas para el transporte público, entre otras.
El proyecto define el mecanismo de comunicación o de notificación de las funciones de fiscalización; se establece el deber para la citada División de informar a los infractores respecto de las contravenciones de tránsito detectadas; regula el sistema de señalización e instalación de los dispositivos automatizados, fijos o móviles; y determina las materias que deberán ser especificadas por medio de reglamentos (por ejemplo, los requerimientos técnicos de los dispositivos automatizados).
Infracciones
La propuesta también especifica las contravenciones de tránsito que corresponderá notificar a la Subsecretaría de Transportes: exceder la velocidad máxima; transitar en un área urbana con restricción por razones de contaminación ambiental; e infracción a las normas de transporte terrestre dictadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo anterior es sin perjuicio de los casos que serán remetidos por la Subsecretaría al Juzgado de Policía Local competente, donde no procederá el sistema de pago anticipado de la multa. En concreto: infracciones calificadas como gravísimas; cuando haya ocurrido un accidente de tránsito o la producción de daños a terceros; cuando se hayan detectado por parte de la red de dispositivos 5 o más infracciones graves en un plazo de seis meses, contados desde la comisión de la primera infracción, por parte de un mismo infractor, aun cuando tales infracciones hayan sido pagadas.
La iniciativa, además, regula el sistema de impugnación de las sanciones y determina que el infractor que no impugne la sanción y pague la multa, luego de la notificación y antes de un plazo de 20 días hábiles, tendrá derecho a pagar el monto mínimo fijado para la infracción respectiva, con una rebaja equivalente al 30%.
El proyecto, que modifica las Leyes de Tránsito, de planta de la Subsecretaría de Transportes y que establece el procedimiento ante los juzgados de policía local, también contempla una vía electrónica de comunicación entre la Subsecretaría de Transportes y los tribunales; el mecanismo de pago de las multas; y la forma en que se dará tratamiento de los datos personales, entre otras normas.
Consulte boletín Nº boletín 9252.
Fuente: Cámara.
Speak Your Mind