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Ley corta de distribución eléctrica es despachada de la Comisión de Energía

La Comisión de Minería y Energía aprobó las ideas matrices del proyecto que modifica la ley General de Servicios Eléctricos, en materia de cálculo del valor agregado por concepto de costos de distribución de la energía, más conocido como ley corta, que cursa su segundo trámite, el cual quedó en condiciones de ser visto por la Sala.

Los legisladores fueron enfáticos en señalar que muchos aspectos del sistema de distribución deben ser perfeccionados en una ley larga que debería ser presentada por el Ejecutivo a más tardar en marzo del 2020.

En sesiones anteriores, la Comisión recibió a diversos actores para analizar los efectos prácticos que tendría esta norma que apunta a rebajar la rentabilidad de las empresas distribuidoras de electricidad (del 10% a un rango entre 6 y 8%). En general, todos han coincidido en que en las cuentas de luz bajarían unos 300 pesos con este cambio legal, lo que ha sido calificado como algo marginal; pero en términos globales, reconocen que podría significar en una pérdida para las distribuidoras de mil 200 millones de dólares en 4 años.

Esta cifra que dejarían de percibir las compañías considerando que los consumidores pagarán menos en sus cuentas, aunque sea algo bajo mes a mes, permitió convencer a los senadores respecto a la necesidad de votar a favor de la norma en general.

Cabe consignar que en la cuenta de la luz, un 70% del valor a pagar corresponde a generación, un 10% a transmisión y un 20% a distribución. En ese último tramo se hace el cambio, en particular el uso de las redes de distribución que se denomina valor agregado de distribución. El costo se fija cada 4 años pensando en una empresa modelo que opera de manera costo eficiente.

Hoy se realiza un cálculo del valor agregado por área típica (se agrupan las compañías similares), haciéndose estudios de costos para cada una. Es decir, la Comisión Nacional de Energía (CNE) hace un estudio pensando en la empresa modelo, mientras que las distribuidoras hacen lo propio. La tarifa propuesta por la CNE tiene una ponderación de dos tercios, y la de las empresas un tercio. Así se obtiene la tarifa final.

Este proyecto modifica esos parámetros. La tasa fija de un 10% se cambia por una de mercado con un piso de un 6% y un techo de un 8%. Asimismo, se define un único estudio de costos que debe hacer la CNE. Las empresas pueden hacer observaciones a las bases de licitación. Si hay discrepancias pueden ir al panel de expertos, el que debe aprobar la propuesta del CNE o la que defienda las empresas, no una intermedia.

Consulte boletín Nº 12471-08

Fuente: Senado.

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