A pasos de convertirse en ley proyecto que defiende a víctimas de fraudes con tarjetas de crédito

El peso de la prueba lo tendrán los emisores de dinero plástico. Éstos deberán probar que se realizó autofraude y siempre devolver a la brevedad al cliente, lo sustraído virtualmente.

En condiciones de ser votado por la Cámara Baja quedó el informe de la Comisión Mixta que zanjó discrepancias respecto al proyecto que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, en lo relativo a la responsabilidad del usuario y del emisor en casos de uso fraudulento de estos medios de pago.

Esto luego que el Senado aprobara por 35 votos a favor el texto concordado. Si éste es respaldado ahora por los diputados, queda en condiciones de convertirse en ley.

Hoy los clientes de tarjetas clonadas deben demostrar el fraude del que han sido víctimas para restituir los fondos robados. Ahora será el banco el encargado de demostrar que los tarjetahabientes intentan hacer autofraude, por lo que deberán responder siempre y a la brevedad en favor del cliente.

Se considerará delito de uso fraudulento de tarjetas de pago y transacciones electrónicas y se sancionarán con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo (de 61 días a cinco años) y multa correspondiente al triple del monto defraudado:

  • Usar maliciosamente una tarjeta de pago o clave y demás credenciales de seguridad o autenticación, bloqueadas.
  • Obtener maliciosamente, para sí o para un tercero, el pago total o parcial indebido, sea simulando la existencia de operaciones no autorizadas, provocándolo intencionalmente, o presentándolo ante el emisor como ocurrido por causas o en circunstancias distintas a las verdaderas.

Además, se dispone que los emisores deberán bloquear todos aquellos medios de pago que se encuentren inactivos por más de 12 meses consecutivos.

A su vez, las entidades emisoras deberán informar semestralmente, en sus respectivos sitios electrónicos, acerca del número de usuarios afectados por casos cubiertos por el presente cuerpo legal, señalando los montos involucrados y los plazos en que hayan dado respuesta o cumplimiento a sus obligaciones.

En tanto, deberán enviar la información de manera desagregada a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Fuente: Cámara.

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