La resolución establece medidas de cuarentena para los habitantes de las comunas de Chillán y Chillán Viejo, Osorno, Hualpén y San Pedro de la Paz, Puerto Williams e Isla de Pascua.
Con fecha 6 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 242, que “Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19″, las cuales se detallan a continuación:
1. Prorrógase, hasta el 13 de abril de 2020, la medida de aislamiento o cuarentena para todos los habitantes de la zona urbana de las comunas de Chillán y Chillán Viejo, en la Región de Ñuble, según lo dispuesto en el numeral 2.C de la resolución N° 217 de 2020 del Ministerio de Salud. La medida podrá prorrogarse si la situación epidemiológica así lo hace aconsejable.
2. Prorrógase, hasta el 13 de abril de 2020, la medida de aislamiento o cuarentena para todos los habitantes de la zona urbana de las comunas de Osorno, en la Región de Los Lagos, según lo dispuesto en el numeral 2.D de la resolución N° 217 de 2020 del Ministerio de Salud. La medida podrá prorrogarse si la situación epidemiológica así
lo hace aconsejable.
3. Dispóngase un cordón sanitario en torno a la comuna de Hualpén, en la Región de Biobío. En consecuencia, prohíbase el ingreso y salida de dicha localidad. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 22:00 horas del día 6 de abril de 2020 y tendrá el carácter de indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
4. Dispóngase que todos los habitantes de las comunas de Hualpén y San Pedro de la Paz, de la Región de Biobío, deben permanecer en aislamiento o cuarentena, es decir, en sus domicilios habituales. La medida establecida en este numeral empezará a regir a las 22:00 horas del 6 de abril de 2020 y regirá por un plazo de 7 días. Podrá prorrogarse si la situación epidemiológica así lo hace aconsejable.
5. Suspéndase la cuarentena o aislamiento en la ciudad de Puerto Williams, en región de Magallanes y la Antártica Chilena. La suspensión empezará a regir desde las 22:00 horas del 6 abril de 2020. Sin perjuicio de lo anterior, la medida de cuarentena o aislamiento podrá disponerse de nuevo si las condiciones epidemiológicas así lo hacen aconsejable.
6. Dispóngase un cordón sanitario en torno a la ciudad de Puerto Williams, en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. En consecuencia, prohíbase el ingreso y salida de dicha localidad. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 22:00 horas del día 6 de abril de 2020 y tendrá el carácter de indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
7. Suspéndase la cuarentena o aislamiento en la comuna de Isla de Pascua, en región de Valparaíso. La suspensión empezará a regir desde las 22:00 horas del 6 abril de 2020. Sin perjuicio de lo anterior, la medida de cuarentena o aislamiento podrá disponerse de nuevo si las condiciones epidemiológicas así lo hacen aconsejable.
8. Suspéndase la prohibición de salir a la vía pública entre las 14:00 horas y las 22:00 horas en la comuna de Isla de Pascua, en región de Valparaíso. La suspensión empezará a regir desde las 14:00 horas del 6 abril de 2020. Sin perjuicio de lo anterior, la medida de prohibición de salir a la vía pública en horas distintas a las dispuestas en el numeral 1 de la resolución exenta N° 217 de 2020 del Ministerio de Salud podrá disponerse de nuevo si las condiciones epidemiológicas así lo hacen aconsejable.
9. Instrúyase a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso la instalación de aduanas sanitarias en los puntos de entrada y salida a la comuna de Isla de Pascua. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 22:00 horas del día 6 de abril de 2020 y tendrá el carácter de indefinida, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
10. Instrúyase a las autoridades sanitarias la difusión de las medidas sanitarias por los medios de comunicación masivos.
Consulte texto completo de la resolución.