Corte de Santiago confirma resolución que ordenó entrega de antecedentes de inspectores municipales

En fallo unánime, Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó que la Municipalidad de Providencia debe entregar la información solicitada sobre funcionarios que intervienen como fiscalizadores del comercio ambulante en la comuna.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que la Municipalidad de Providencia debe entregar la información solicitada sobre funcionarios que intervienen como fiscalizadores del comercio ambulante en la comuna.

En fallo unánime (causa rol 367-2019), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Omar Astudillo, Jenny Book y el abogado (i) Jorge Benítez– rechazó el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la resolución del Consejo para la Transparencia que ordenó la entrega de la información.

“En cualquier caso, se ha dicho anteriormente por esta Corte que la publicidad de los actos del Estado, en particular de la información que éste ha recogido a través de sus órganos, debe operar como un medio para el control de los asuntos públicos y que -en todo caso-, ello no puede significar el sacrificio irrestricto de los atributos de la personalidad. En ese orden de ideas, como lo hace notar la reclamada en su informe, el artículo 11 de la Ley 20.285 consagra el principio de divisibilidad, vale decir, que si un acto administrativo o sus antecedentes contienen información que puede ser conocida y otra cuya publicidad es capaz de lesionar derechos, es factible efectuar la correspondiente disgregación”, establece el fallo.

“En armonía con lo expresado, en la decisión que se ha pretendido cuestionar se dispuso la exclusión de todos aquellos datos de orden estrictamente personal o sensibles”, añade.

“Por estas razones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Transparencia, se rechaza el reclamo de ilegalidad deducido en esta causa”, concluye.

(Fuente: pjud)

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