En fallo unánime (causa rol 167.428-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada estableció actuar arbitrario e ilegal de la caja recurrida al descontar cuotas de deuda prescrita.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la Caja de Compensación La Araucana por descontar cuotas de crédito social otorgado hace 14 años.
El fallo señala que efectivamente, como lo sostiene la recurrente, la recurrida incurrió en un acto ilegal, desde el momento que procedió a descontarle las sumas antes señaladas de su remuneración, sin contar con disposición legal alguna que lo facultara para hacerlo, afectando de este modo su patrimonio”, sostiene el fallo.
Asimismo, se observa arbitrariedad en tal decisión, si se considera la antigüedad de esa deuda, la cual pudiere eventualmente encontrarse prescrita y sin que la afectada fuera informada de aquello, todo ello, incluso, sin discusión previa sobre las circunstancias de la obligación cuya solución se persigue.
Se concluye que conforme a lo argumentado, se acogerá la presente acción constitucional, concluyendo que en el caso sub lite, se ha afectado la garantía constitucional previsto en el artículo 19 N° 24 de nuestra Carta Fundamental.
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