Decreto Nº 23 otorga nueva facultad a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud respecto al Covid-19

Se otorga a las secretarias la facultad de transferir a las entidades administradoras de establecimientos de atención primaria de salud, los recursos necesarios para que estos efectúen la trazabilidad de las personas contagiadas con Covid-19 y sus contactos.

Con fecha 3 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Nº 23, de 2020 que “Modifica decreto N° 4, de 2020, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV)”.

El texto legal agrega el numeral 30 al artículo 3º del mencionado decreto Nº 4, por medio del cual se otorga a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud del país, la siguiente facultad:

“Transferir a las entidades administradoras de establecimientos de atención primaria de salud, los recursos necesarios para que estos efectúen la trazabilidad de las personas contagiadas con Covid-19 y sus contactos. La transferencia se realizará mediante acto administrativo de la Subsecretaría de Salud Pública, a través de la Secretaría Regional Ministerial del territorio que corresponda, y contendrá las condiciones, obligaciones y demás se deban cumplir para la correcta ejecución y rendición de los recursos transferidos.

Consulte texto completo del decreto.

Plan Inicial

Speak Your Mind

*

A %d blogueros les gusta esto: