Legislativo NOTICIAS

Avanza proyecto que modifica el Código Penal en cuanto al delito de incendio

En la oportunidad, expusieron los representantes del ministerio del Interior, Carabineros, PDI y el Ministerio Público quienes dieron a conocer las diversas estadísticas de los últimos años.

En condiciones de continuar su trámite en la Comisión de Constitución, quedó el proyecto, en primer trámite, que introduce modificaciones a normas del Código Penal referidas al delito de incendio, precisando la tipificación del delito contemplado en el artículo 474 del Código Penal. El texto legal que incluyó una indicación sustitutiva apunta a “cubrir un vacío legal y mejorar las herramientas para la persecución penal”.

La iniciativa pone de manifiesto que muchos de los ataques incendiarios a vehículos motorizados se cometen interceptándolos previamente en la vía pública y haciendo descender a los pasajeros para luego iniciar el incendio. Sin embargo, dicha situación solo sería subsumible en la figura residual del delito de incendio, del mismo modo que ante un ataque incendiario a un vehículo estacionado y sin pasajeros en su interior, pese a que en el primer caso se haya puesto en riesgo la integridad de las personas.

Es por esto que se pretende incorporar una calificante a la figura residual del delito de incendio cuando éste recayere en un vehículo motorizado que se encontrare con personas en su interior y se las obligare a descender de éste para cometer el ilícito. Lo anterior debido a que el hecho de interceptar a un vehículo con personas en su interior, obligarlas a descender, incendiar el medio de transporte que utilizan y exponerlas al peligro del ataque, merece un mayor reproche penal que un incendio a un bien mueble sin personas en su interior ni exponiendo la vida y seguridad de terceros.

En la ocasión, se debatió acerca de la necesidad de modernizar la legislación y se aclaró que “con esta iniciativa no se aborda el problema de fondo en el conflicto de La Araucanía, ni los problemas de seguridad que afectan a los transportistas”.

Por estas razones, se elaboró una indicación sustitutiva de modo de precisar el delito penal, detallando lugares específicos en el tipo penal, entre otras materias.

Consulte boletín Nº 13719-07.

Fuente: Senado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

A %d blogueros les gusta esto: