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Resolución N° 831 dispone medidas del plan “Paso a Paso” por brote de Covid-19

Se indican las localidades que retrocederán al “Paso 1: Cuarentena”, aquellas que entrarán al “Paso 2: Transición” y las que avanzarán al “Paso 3: Preparación”. Asimismo se establece un cordón sanitario en torno a la Región Metropolitana de Santiago y otras localidades.

Con fecha 2 de Octubre de 2020, se publicó en el Diario Oficia la Resolución exenta N° 831 que “Dispone medidas sanitarias que indica por brote de Covid-19 y modifica resolución Nº 591 exenta, de 2020”, las cuales se indican a continuación:

En primer lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación retrocederán al “Paso 1: Cuarentena” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 591, de 2020, del Ministerio de Salud:

a. Región de Ñuble
i. La comuna de Coihueco.
b. Región de la Araucanía
i. La comuna de Carahue
ii. La comuna de Loncoche
iii. La comuna de Saavedra.
c. Región de Los Lagos
i. La comuna de Frutillar
ii. La comuna de Osorno
iii. La comuna de Río Negro
iv. La comuna de San Juan de la Costa.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de octubre de 2020 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

En segundo lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación entrarán al “Paso 2: Transición”:

a. Región de Tarapacá
i. La comuna de Alto Hospicio
ii. La comuna de Iquique.
b. Región de Atacama
i. La comuna de Copiapó
ii. La comuna de Tierra Amarilla.
c. Región de Coquimbo
i. La comuna de Ovalle.
d. Región de Valparaíso
i. La comuna de La Calera.
e. Región Metropolitana de Santiago
i. La comuna de Paine
ii. La comuna de Renca.
f. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
i. La comuna de Santa Cruz.
g. Región del Maule
i. La comuna de Maule
ii. La comuna de Teno.
h. Región de Ñuble
i. La zona urbana de la comuna de Chillán
ii. La zona urbana de la comuna de Chillán Viejo.
i. Región de la Araucanía
i. La comuna de Angol
ii. La comuna de Cholchol
iii. La comuna de Cunco
iv. La comuna de Galvarino
v. La comuna de Lautaro
vi. La comuna de Nueva Imperial
vii. La comuna de Padre Las Casas
viii. La comuna de Renaico
ix. La comuna de Temuco
x. La comuna de Victoria
xi. La comuna de Villarrica.

j. Región de Los Ríos
i. La comuna de Corral
ii. La comuna de Paillaco
iii. La comuna de Río Bueno
iv. La comuna de Valdivia.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de octubre de 2020 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

En tercer lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 3: Preparación”:

a. Región de Antofagasta
i. La comuna de Tocopilla.
b. Región Metropolitana de Santiago
i. La comuna de Cerrillos
ii. La comuna de Colina
iii. La comuna de Curacaví
iv. La comuna de El Bosque
v. La comuna de Huechuraba
vi. La comuna de María Pinto
vii. La comuna de Quinta Normal
viii. La comuna de Recoleta.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 5 de octubre de 2020 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

Finalmente se dispone un cordón sanitario en torno a:

a. La Región Metropolitana de Santiago.
b. La zona urbana del Gran Concepción en la Región del Biobío.
c. El Gran Valparaíso en la Región de Valparaíso.
d. El área comprendida por la zona urbana de las comunas de Temuco y Padre Las Casas en
la Región de la Araucanía.

Consulte texto completo de la resolución.

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