Dentro de los cambios aprobados se retomó el concepto de subvención para los niveles parvularios y, además, se aprobó que jardines infantiles que no están organizados como fundaciones y estén en transición, puedan recibir recursos.
La Sala de la Cámara de Diputados despachó en particular el proyecto de ley que establece un sistema de subvenciones para los niveles medios de la educación parvularia.
En las votaciones, se aprobaron todas indicaciones propuestas por el Ejecutivo, tanto las que habían sido ratificadas en su mayoría por la Comisión de Hacienda como las que no contaron con respaldo y que, anteriormente, fueron rechazadas por la instancia de Educación. En tanto, el resto de las normas que no fueron objeto de indicaciones también fueron aprobadas.
Cabe recordar, que la iniciativa, originada en un mensaje del Presidente de la República, fue aprobada en general por la Sala el pasado 5 de noviembre. Con la votación de hoy, la iniciativa pasa al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional.
El propósito del proyecto es la creación de un sistema de subvenciones que permita financiar la educación de los párvulos que asisten a los niveles medios en los establecimientos educacionales que cuenten con reconocimiento oficial del Estado y cumplan con los requisitos que se indican en dicho cuerpo legal.
Lo anterior, mediante la creación de una subvención base y otras de carácter especial, ya sea por vulnerabilidad, ruralidad o de apoyo a las necesidades especiales.
Cambios aprobados
Tras las numerosas votaciones y la aprobación de las indicaciones del Ejecutivo, varios fueron los cambios introducidos al texto, respecto de lo que se despachó previamente. Entre las modificaciones se pueden mencionar:
– No solo incluir a los establecimientos de educación parvularia que cuenten con reconocimiento del Estado, sino también a aquellos con autorización de funcionamiento conforme a la Ley 20.832.
– Se crea una subvención especial por vulnerabilidad, “complementaria a la subvención base”.
– Se crea la subvención base para los niveles medios de educación parvularia de establecimientos que cumplan ciertos requisitos. Además, se define el valor unitario mensual para las jornadas parcial y completa.
– Se considera para los establecimientos rurales una subvención por asistencia media promedio.
– En el monto mensual de la subvención, se cambia la matrícula por asistencia media promedio.
– Los establecimientos deberán informar mensualmente al Mineduc, la asistencia diaria de cada uno de sus párvulos, así como las variaciones de la matrícula.
– El financiamiento, vía subvenciones, se implementaría de modo gradual, en un plazo de cinco años, determinando que en los tres primeros años, los establecimientos públicos y privados en proceso de transición a sin fines de lucro, dedicados exclusivamente a la educación parvularia podrán acceder a financiamiento.
– Los jardines VTF de Junji podrán acceder a las subvenciones, no obstante, no tengan reconocimiento del Estado. Se considera en este punto, la falta del requisito de infraestructura o demora en permisos de la dirección de obras.
Consulte Boletín 12.436.
Fuente: Cámara.