La ley amplía hasta el mes de abril del 2021 el plazo para evitar el corte de servicios básicos y aumenta de 12 a 36 cuotas la posibilidad de pago de la deuda acumulada.
Con fecha 5 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.249 que ” Prorroga los efectos de la ley Nº 21.249, que dispone, de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red”.
En su artículo único la le modifica los artículos 1º, 2º y 7º e introduce los artículos 9º y 10º nuevos en la ley Nº 21.249, que dispone, de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.
Mediante estas modificaciones se contempla la extensión de 90 a 270 días (hasta abril del 2021), el plazo para evitar el corte de servicios básicos de luz, agua y gas, por deudas en el pago, esto es hasta abril del 2021, para las personas afectadas directamente en sus ingresos por la pandemia a causa del Covid-19, así como también, hospitales, centros de salud, cárceles, bombero y microempresas.
Asimismo la ley extiende el número de cuotas para el pago de la deuda que se vaya acumulando con las empresas de servicios básicos, desde las 12 cuotas actuales a 36.
Finalmente señala que las empresas de servicios sanitarios, empresas y cooperativas de distribución de electricidad y empresas de gas de red deberán informar en sus sitios web y en las cuentas, ya sean físicas o virtuales, la deuda que mantiene el usuario por la aplicación de esta normativa, de haberla, y la forma cómo podría prorratearse, de 1 a 36 cuotas.
Consulte texto completo de la ley.