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Resolución Nº 136 complementa lineamientos técnico-operativos para la vacunación SARS-Cov-2

Se establece que las personas extranjeras con estadía transitoria en calidad de turistas no son parte de la población objetivo a vacunar.

Con fecha 11 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 136 que “Complementa resolución Nº 1.138 exenta, de 2020, que aprueba Lineamientos técnico-operativos vacunación SARS-CoV-2”.

Por medio de la resolución el ministerio de Salud complementó los lineamientos técnicos operativos de la vacunación SARS-COV2 introduciendo actualizaciones respecto de los grupos objetivos a vacunar y al personal sanitario habilitado para aplicar la vacuna.

Cabe recordar que mediante la resolución Nº 1.138 del 24 de diciembre de 2020, fueron publicados los lineamientos técnicos y en ellos se abordan los ámbitos de campaña de vacunación, seguridad de las vacunas y cadena de frío, entre otros temas.

Con la actualización se precisa la definición de población objetivo, en particular, lo concerniente al lugar de residencia. Así, se dispone que se debe vacunar a la población objetivo que vive en Chile siendo ésta “aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite”.

La resolución determina que no son parte de la población a vacunar quienes “están transitoriamente en el país exclusivamente con visa de turista”.

Respecto del personal de salud habilitado para vacunar contra el COVID-19 se dispone que podrá ser administrada por “todo profesional de salud de la red de salud público o privada que cuente con las competencias para administrar la vacuna” y que para ello se deberán cumplir con los protocolos del Ministerio de Salud. La medida busca facilitar la pronta vacunación y se implementará cuando “no exista posibilidad de aquellos trabajadores y funcionarios de salud que usualmente ejecutan acciones de vacunación”.

Consulte texto completo de la resolución.

Consulte resolución Nº 1.138 aquí.

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