Resumen Semanal del Editor – Semana N° 4 – Marzo de 2021

Sugerimos contenidos destacados de la última semana, parte de la Selección Digital del Editor(R) sobre jurisprudencia, doctrina y legislación publicada por nuestra Área Editorial en la sección Actualidad.

Les deseamos un buen fin de semana, editor.chile@corp.microjuris.com

Corte de Apelaciones de Temuco revoca resolución que decreto el sobreseimiento definitivo respecto de acusado por delito contra la salud pública

No es posible afirmar, que en esta etapa concurre la circunstancia prevista en el artículo 250 letra a) , del Código Procesal Penal, toda vez que, la sola circunstancia de transitar por la vía pública, no implica que no existan reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad.

Recientemente la Corte de Apelaciones de Temuco revocó la resolución apelada que decretó el sobreseimiento definitivo y en su lugar se rechaza la solicitud de la defensa toda vez que no es posible afirmar, que concurre la circunstancia prevista en el artículo 250 letra a) , del Código Procesal Penal, esto es, cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito, que es la causal que ha sido invocada para declarar el sobreseimiento recurrido, toda vez que, la sola circunstancia de transitar por la vía pública, no implica que no existan reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad a que los ciudadanos se encuentran sometidos, las que concurren cada vez que se establece la restricción para circular por espacios públicos que en estos tiempos opera como una regla higiénica o de salubridad… Ver más

Juzgado de Letras y Garantía acoge denuncia de tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido de prevencionista de riesgos

El despido efectivamente buscaba castigar a la demandante por haber hecho públicos conflictos al interior de la empresa, limitando de este modo su libertad de emitir opinión dentro del ámbito de sus funciones, al haber asociado a tal opinión una consecuencia desventajosa para la actora.

Recientemente el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte acogió la denuncia de vulneración de derechos interpuesta por la trabajadora toda vez que el despido de la actora fue una consecuencia de la comunicación remitida solo unos días antes al demandado y a la empresa mandante de los malos tratos, descalificaciones, amenazas y vulneraciones que sufría un grupo de trabajadores de la demandada por parte de la jefa de terreno, comunicación que hizo en su calidad de supervisora de prevención de riesgos. En efecto, es posible tener por establecido la existencia de claros indicios en cuanto a que el despido de la actora fue una consecuencia de la comunicación remitida solo unos días antes al demandado y la empresa mandante respecto los malos tratos a los trabajadores por parte de una jefa de terreno… Ver más 

Ley Nº 21.315 dispone normas sobre propaganda electoral de los candidatos a convencionales constituyentes

El tiempo total de la franja televisiva en las elecciones de Convencionales Constituyentes se distribuirá entre los candidatos de pueblos indígenas, los candidatos independientes y los candidatos de un partido político o pacto.

Con fecha 8 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.315 “Sobre propaganda electoral de los candidatos a convencionales constituyentes”. La ley modifica el el artículo 131 y la disposición cuadragésima cuarta transitoria de la Constitución Política de la República para disponer lo siguiente: Para los efectos del artículo 32 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el tiempo total de la franja televisiva en las elecciones de Convencionales Constituyentes se distribuirá entre los candidatos de pueblos indígenas, los candidatos independientes y los candidatos de un partido político o pacto, o, en la forma que se indica a continuación… Ver más

Corte Suprema entrega informe sobre proyecto que deroga la ley de seguridad del estado y las disposiciones incorporadas al Código Penal que consagran la ley antibarricadas y de control preventivo de identidad

Si bien la moción no parece alterar la organización y atribuciones de los tribunales, puede tener efectos en procesos penales en curso e incluso en procesos penales concluidos por sentencia firme condenatoria, así como en la vigencia de medidas cautelares personales si se hubieren decretado, atendido que la derogación de los delitos previstos en el artículo 268 septies del Código Penal y en Ley de Seguridad del Estado constituye una ley favorable para el imputado o condenado, de acuerdo a la regla prevista en el artículo 18 del mismo código punitivo.

El tribunal pleno de la Corte Suprema analizó la iniciativa legal que deroga la ley de seguridad del Estado y las disposiciones incorporadas al Código Penal que consagran la ley antibarricadas y de control preventivo de identidad. Informe que fue remitido hoy, jueves 11 de marzo, a la presidencia de la Cámara de Diputados. El informe observó que en términos generales, la iniciativa en cuestión no altera ni incide directamente en la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, sino más bien se vincula en forma tangencial con ellas en la medida que suprime delitos que, en principio, dejarían de entrar dentro del ámbito de conocimiento de los tribunales con competencia en materia penal”, plantea el informe del pleno de ministros… Ver más

Corte de Apelaciones de Santiago anula juicio oral donde se condenó a acusado de porte y lanzamiento de molotov en metro Baquedano

La sentencia recurrida no realizó una adecuada valoración de la prueba ni fundamentó por qué consideró que el delito de porte ilegal de bombas incendiarias quedaba comprendido en el delito de lanzamientos de bombas molotov.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia que condenó a 4 años de libertad vigilada intensiva al acusado, en calidad de autor del delito consumado de lanzamiento de bombas molotov. Ilícito perpetrado el 26 de octubre de 2019, en la explanada de la estación Baquedano del Metro, comuna de Providencia. El fallo señala que el Tribunal del grado dio por establecido en el motivo cuarto de su sentencia que el día 26 de octubre de 2019, el imputado  fue detenido en Avenida Bustamante con calle Malaquías Concha, de la ciudad de Santiago, y que al momento de su detención portaba 5 artefactos incendiarios o bombas molotov, y pese a ello, en su motivo quinto expresa que no puede darse por acreditado el delito del artículo 14 D) de la ley 17.798 sobre Control de Armas… Ver más

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