Sugerimos contenidos destacados de la última semana, parte de la Selección Digital del Editor(R) sobre jurisprudencia, doctrina y legislación publicada por nuestra Área Editorial en la sección Actualidad.
Les deseamos un buen fin de semana, editor.chile@corp.microjuris.com
Corte de Apelaciones rechaza recurso de nulidad en contra de sentencia que rechazó despido injustificado de agente de cuentas que incumplió las obligaciones del contrato
La actora conociendo los antecedentes financieros del cliente en su calidad de agente de cuentas, le pidió a éste que solicitara a la entidad bancaria demandada, dos créditos de consumo por montos considerables a nombre del cliente, para luego entregárselos a la actora.

- Se pasa de una Ley de Extranjería a una Ley de Migraciones, donde se busca que todos los migrantes, al igual que los chilenos, asuman los derechos y deberes que corresponden, por vivir en Chile.
- Se busca sincerar las razones por la cual los extranjeros vienen al país, de manera que quienes vengan con la intención de vivir en Chile, pidan visa en los consulados y tengan cédula de identidad desde el primer día. A su vez se indican lo distintos tipos de visas que buscan permitir un control de regularidad de la migración y planificar con los gobiernos locales y regionales su integración y desarrollo laboral.
- Por otra parte se crea el Servicio Nacional de Migraciones y sus Direcciones Regionales, para abarcar de la mejor manera el territorio nacional. Este nuevo servicio permitirá homolohar los trámites y tiempos de tramitación en todo el país, al centralizar el análisis pero descentralizando la atención.
- Se facilitan las expulsiones administrativas, al no ser necesario denuncias penales por el ingreso, de manera que se desincentiva el uso de pasos no habilitados.
- Se establecen nuevos procesos como el de reunificación familiar y el proceso de regularización extraordinaria.
- Se otorgan nuevas oportunidades para el proceso de revalidad de títulos profesionales… Ver más
En primer lugar respecto a la modificación del artículo 37º referente a créditos directos al consumidor, se dispone que cuando se exhiban los bienes en vitrinas, anaqueles o estanterías, se deberán indicar allí el precio al contado del bien o servicio de que se trate, el que deberá expresarse en tamaño igual o mayor que la información acerca del monto de las cuotas y la tasa de interés que se aplique sobre los saldos de precio correspondientes, la que deberá quedar registrada en la boleta o en el comprobante de cada transacción… Ver más
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