Resolución Nº 430 dispone medidas sanitarias por brote de Covid-19

Se indican las comunas que avanzarán al paso 2 transición y al paso 3 preparación, de acuerdo al plan “Paso a Paso”.

Con fecha 6 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 430, de 2021 que “Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19”, las cuales se indican en los numerales siguientes:

1. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación retrocederán al “Paso 1: Cuarentena” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
i. La comuna de Quinta de Tilcoco

b. Región del Biobío
i. La totalidad de la comuna de Los Ángeles

c. Región de La Araucanía
i. La comuna de Toltén

d. Región de Magallanes y de la Antártica Chilena
i. La comuna de Punta Arenas
ii. La comuna de Natales
iii. La comuna de Porvenir.

En consecuencia, los habitantes de dichas localidades deberán permanecer en cuarentena o aislamiento, es decir, en sus domicilios habituales, además de observar las medidas dispuestas para el “Paso 1: Cuarentena” en la resolución exenta Nº 43, ya citada.

La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 6 de mayo de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

2. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación retrocederán al “Paso 2: Transición” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región del Maule
i. La comuna de Curepto
ii. La comuna de Pencahue
b. Región de Ñuble
i. La comuna de Quirihue.

En consecuencia, los habitantes de dichas localidades deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábado, domingo y festivos, además de observar las medidas dispuestas para el “Paso 2: Transición” en la resolución exenta Nº 43, ya citada. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 6 de mayo de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

3. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 2: Transición” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Valparaíso
i. La comuna de Casablanca
ii. La comuna de San Esteban
iii. La comuna de Papudo

b. Metropolitana de Santiago
i. La comuna de Colina
ii. La comuna de Huechuraba

c. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
i. La comuna de Litueche
ii. La comuna de Chépica
iii. La comuna de San Vicente
iv. La comuna de Pichidegua
v. La comuna de Rengo

d. Región de Ñuble
i. La comuna de Chillán
ii. La comuna de Chillán Viejo

e. Región del Biobío
i. La comuna de Yumbel
ii. La comuna de Los Álamos
iii. La comuna de Chiguayante
iv. La comuna de Hualqui
v. La comuna de Penco

f. Región de La Araucanía
i. La comuna de Cunco
ii. La comuna de Loncoche

g. Región de Los Ríos
i. La comuna de Paillaco
h. Región de Los Lagos
i. La comuna de Osorno.

En consecuencia, los habitantes de dichas localidades deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábado, domingo y festivos, además de observar las medidas dispuestas para
el “Paso 2: Transición” en la resolución exenta Nº 43, ya citada.

La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 6 de mayo de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su
suspensión.

4. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 3: Preparación” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de
Salud.

a. Región de Tarapacá
i. La comuna de Huara
b. Región de Atacama
i. La comuna de Alto del Carmen
c. Región de Coquimbo
i. La comuna de Monte Patria
d. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
i. La comuna de Santa Cruz
e. Región de Ñuble
i. La comuna de Portezuelo
f. Región de La Araucanía
i. La comuna de Teodoro Schmidt.

La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 6 de mayo de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

5. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 4: Apertura Inicial” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Los Lagos
i. La comuna de Chaitén
ii. La comuna de Futaleufú
iii. La comuna de Palena.

La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 6 de mayo de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

6. Déjase constancia que la siguiente localidad mantendrá su cordón sanitario en torno a ella:
a. Región de Magallanes y de la Antártica Chilena
i. La ciudad de Puerto Williams.

Consulte texto completo de la resolución aquí.

Plan Inicial

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