Con fecha 1 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta número 839 que “Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19“.
A continuación se enumeran las nuevas medidas:
1. Dispóngase que la localidad que se indica a continuación retrocederá al “Paso 2:Transición” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de
Salud.
a. Región de Atacama
i. La comuna de Caldera.
En consecuencia, los habitantes de dicha localidad deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábado, domingo y festivos, además de observar las medidas dispuestas para
el “Paso 2: Transición” en la resolución exenta Nº 644, ya citada.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 1º de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
2. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación retrocederán al “Paso 3: Preparación” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud.
a. Región del Maule
i. La comuna de Pencahue
b. Región de La Araucanía
i. La comuna de Lumaco.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 1º de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
3. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 3: Preparación” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud.
a. Región del Maule
i. La comuna de Licantén
ii. La comuna de Vichuquén
iii. La comuna de Hualañé
b. Región del Biobío
i. La comuna de Tirúa
ii. La comuna de Florida
c. Región de Los Ríos
i. La comuna de Panguipulli
d. Región de Los Lagos
i. La comuna de Fresia.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 1º de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
4. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al “Paso 4: Apertura” del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud.
a. Región de Tarapacá
i. La comuna de Alto Hospicio
ii. La comuna de Pozo Almonte
b. Región de Valparaíso
i. La comuna de Llaillay
c. Región del Maule
i. La comuna de Pelarco
d. Región de La Araucanía
i. La comuna de Traiguén
e. Región de Los Ríos
i. La comuna de Futrono
f. Región de Los Lagos
i. La comuna de Palena.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 1º de septiembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
5. Dispóngase que la medida de aislamiento nocturno, dispuesta en el numeral 5 de la resolución exenta Nº 644, de 2021, del Ministerio de Salud, regirá entre las 00:00 y las 05:00 horas en las localidades ubicadas en:
a. Región de Tarapacá
b. Región Metropolitana de Santiago.
Lo dispuesto en este numeral empezará a regir el día 1º de septiembre de 2021.
Consulte texto completo de la resolución.
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