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Resolución Nº 1.090 dispone medidas del plan paso a paso por brote de Covid-19

Se indican las localidades que retroceden a paso 2, paso 3, paso 4 y las que avanzan a paso 4.

Con fecha 3 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta Nº 1.090 que «Dispone medidas sanitarias que indica por brote de COVID-19«.

En primer lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación retrocederán al «Paso 2: Transición» del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Valparaíso
i. La comuna de Cartagena
ii. La comuna de Santo Domingo

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

En segundo lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación retrocederán al «Paso 3: Preparación» del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Tarapacá
i. La comuna de Colchane
ii. La comuna de Alto Hospicio
b. Región de Coquimbo
i. La comuna de Los Vilos
c. Región de Valparaíso
i. La comuna de Concón
d. Región del Libertador General Bernardo O’Higgins
i. La comuna de Nancagua
ii. La comuna de Placilla
e. Región del Maule
i. La comuna de Pencahue
ii. La comuna de Longaví
f. Región de Ñuble
i. La comuna de Ñiquén
g. Región del Biobío
i. La comuna de Curanilahue
h. Región de Los Ríos
i. La comuna de Futrono
i. Región de Los Lagos
i. La comuna de Castro
ii. La comuna de San Pablo
j. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
i. La comuna de Coyhaique.

Esta medida empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

En tercer lugar se dispone que las localidades que se indican a continuación retrocederán al «Paso 4: Apertura Inicial» del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Magallanes y de la Antártica Chilena
i. Todas las comunas de la región.

La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

Finalmente se dispone que las localidades que se indican a continuación avanzarán al «Paso 4: Apertura Inicial» del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud.

a. Región de Coquimbo
i. La comuna de Punitaqui

b. Región de Valparaíso
i. La comuna de Llaillay

c. Región del Biobío
i. La comuna de Santa Bárbara
ii. La comuna de Alto Biobío

d. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
i. La comuna de Río Ibáñez.

Esta medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 3 de noviembre de 2021, y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

Consulte texto completo de la resolución.

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