
La infracción será sancionada con multa a beneficio municipal de entre 1 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Teniendo en cuenta los factores ambientales y sanitarios, los integrantes de la Comisión de Salud respaldaron el proyecto que regula la disposición final de elementos de protección personal de carácter sanitario, prohíbe y sanciona su eliminación en lugares públicos.
Ahora la iniciativa iniciada en moción, deberá ser votada en la Sala de Sesiones. De ser aprobada pasará a su tercer trámite.
Los senadores perfeccionaron el texto a través de indicaciones, por lo que la norma establece que “se prohíbe arrojar en cualquier lugar no habilitado para ello, mascarillas, escudos faciales, antiparras, guantes quirúrgicos y batas quirúrgicas”.
También se establece que “la infracción de lo dispuesto precedentemente, será sancionada con multa a beneficio municipal de entre 1 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)” (entre 57 mil quinientos pesos y un millón 151 mil pesos).
La sanción dispuesta en el inciso anterior será aplicada por el juzgado de policía local de la comuna donde se verifique la infracción, de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los juzgados de policía local.
Consulte Boletín Nº 13598-11.
(Fuente: Senado).
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