Corte Suprema acoge recurso de nulidad y aplica media prescripción a condena por defraudación en Puerto Montt

Se estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, al rechazar aplicar en la especie la media prescripción, al haber transcurridos más de tres años entre la presentación de la querella y la formalización de la investigación.

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y, en sentencia de reemplazo, condenó a D.K. a 540 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 11 UTM, en calidad de autora del delito consumado de defraudación. Ilícito perpetrado entre noviembre de 2015 y junio de 2016, en la ciudad de Puerto Montt.

El fallo señala que en lo que respecta al motivo subsidiario de invalidación, relativo a la prescripción gradual, dado el lapso que transcurrió entre los hechos, la querella y la formalización contra la acusada, cabe recordar que, la única actuación a la que de manera expresa se le ha atribuido el efecto de interrumpir el decurso de la prescripción y, por ende, extinguir el tiempo transcurrido en su favor, es la formalización, de acuerdo al literal a), del artículo 233 del Código Procesal Penal, actuación que inequívocamente contribuye a dotar de certeza y seguridad a los presupuestos de aplicación del ordenamiento punitivo.

La resolución agrega que, si bien esta Corte ha reconocido que la querella se inserta en la etapa de la investigación correspondiente al procedimiento ordinario y que, además de constituir una de las formas de dar inicio a dicho procedimiento, evidencia de parte de quien la formula –asumiendo el rol de querellante– la clara intención de cooperar en la actividad desarrollada por el Ministerio Público para la investigación del hecho delictivo y sus partícipes, ello permite concluir que la querella, como trámite inicial del procedimiento, produce el efecto de suspender el curso de la acción penal en los términos indicados por el precitado artículo 96 del código punitivo (entre otras, en SCS Nº 36.303-2017, de 16 de noviembre de 2017; y, 79.339-2020, de 14 de enero de 2021. Sin embargo, si el procedimiento paraliza su prosecución por tres años o se termina sin condenarle, continúa la prescripción como si no se hubiere suspendido (aun cuando dicha norma utiliza la voz ‘interrumpido’).

Asimismo, para el máximo tribunal. de acuerdo a lo expresado ut supra, en el caso de marras los sentenciadores del fondo confunden dos instituciones distintas, que producen efectos procesales diversos, esto es, la suspensión y la interrupción de la prescripción de la acción penal, siendo la querella idónea únicamente para suspender el decurso del lapso trascurrido, con la limitación establecida en el artículo 96 del código precitado. Entre la fecha de la querella y, al menos la solicitud de formalización, se superó el lapso de tres años, verificándose el supuesto contenido en el artículo 96 del código de castigo, logrando cumplirse el término para dar aplicación a la prescripción gradual, lo que fue desestimado por el tribunal del fondo, yerro que incidió sustancialmente en lo dispositivo del fallo, lo cual permite que se acoja la causal en estudio”, concluye el fallo anulatorio.

Finalmente se concluye en sentencia de reemplazo que: “D.K. queda condenada, en calidad de autora del delito de defraudación haciendo suscribir a otro con engaño algún documento, ejecutado en grado consumado, perpetrado entre el mes de noviembre del año 2015 y el mes de junio del año 2016, a la pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa equivalente a once unidades tributarias mensuales. Se mantiene la pena sustitutiva de remisión condicional, en los términos dispuestos en la sentencia anulada, por el lapso de la condena”.

Consulte texto completo de la sentencia.

Plan Inicial
A %d blogueros les gusta esto: