
Determina a partir del 1 de enero de 2023 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, asignación familiar y maternal y subsidio familiar que indica.
Con fecha 3 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Nº 4, de 2023, del Ministerio de Hacienda, que “Determina a partir del 1 de enero de 2023 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, asignación familiar y maternal y subsidio familiar que indica.”
La norma determina partir del 1 de enero de 2023 que los valores del ingreso mínimo mensual serán los siguientes:

Establézcase que, a partir del 1 de enero de 2023, los tramos y montos de la asignación familiar y maternal serán los siguientes:
a) De $16.828 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $429.899.
b) De $10.327 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $429.899 y no exceda de $627.913.
c) De $3.264 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $627.913 y no exceda de $979.330.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $979.330, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
Finalmente establece que, a partir del 1 de enero de 2023, el monto del subsidio familiar será de $16.828.
La proporción en la que se aumentará el Ingreso Mínimo Mensual a contar del 1 de enero de 2023, de acuerdo con el artículo 8 de la ley Nº 21.456, corresponde al valor resultante de dividir el monto de $410.000 por $400.000.
Consulte texto completo del decreto.