Tiene como objetivo revertir las estadísticas de cáncer de mama en nuestro país y dar mayor importancia al diagnóstico oportuno.
Con fecha 19 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.551 “que exime del requisito de orden médica para examen preventivo de mamografía y establece obligaciones a los prestadores de salud”.

Con el fin de ayudar a revertir las estadísticas de cáncer de mama en nuestro país y dar mayor importancia al diagnóstico oportuno, la ley modifica el artículo 138 del decreto con fuerza de ley N° 1, promulgado el año 2005 y publicado el año 2006, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, incorporado el siguiente inciso final:
“La mamografía contenida en el Examen de Medicina Preventiva, y que fuere solicitada de acuerdo con la frecuencia establecida por el Ministerio de Salud, no requerirá de la orden médica respectiva para respaldar el otorgamiento del examen imagenológico. Asimismo, los prestadores deberán informar a los beneficiarios su carácter gratuito, por hallarse comprendido en el examen señalado en la letra a) del inciso primero de este artículo. El prestador que tome ese examen tendrá la obligación de informar al paciente en caso de resultado alterado o que deba complementar con estudios adicionales. La Superintendencia de Salud emitirá las instrucciones requeridas para dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en este inciso”.
Consulte texto completo de la ley.
